domingo, 13 de marzo de 2011

No todas las construcciones tienen la tasa del 3% (ahora del 5%)

No todas las construcciones
tienen la tasa del 3%
 (Ahora de 5%)

En estos meses de preparación de las declaraciones juradas del Impuesto a la Renta es normal escuchar que la tasa de depreciación de las edificaciones y construcciones ha variado de 3% al 5%, pero normalmente no se cuestiona la naturaleza de los bienes que debemos considerar como edificios y construcciones. Dicho cuestionamiento resulta más importante hoy en día, en la medida que nos puede permitir ahorro fiscales importantes.

Para ello debemos saber que no todas las construcciones deben ser clasificadas como activos sujetos a la tasa del 5% (antes 3%), sino que deberá evaluarse sus características antes de proceder a aplicarle dicha tasa, para ello el  Tribunal Fiscal, nos da los siguientes criterios en las RTFs Nº 07724-2-2005 y 10826-4-2009:

“De allí que para efecto del Impuesto a la Renta, tampoco resulta razonable  afirmar que todas las construcciones, cualquiera sea el tipo de material empleado en ellas, corresponden al grupo de “edificios y construcciones” a que se refiere el artículo 39º de la Ley del Impuesto a la Renta y, por tanto tienen sin excepción alguna una vida útil de mas de 33 años. Dicho artículo, al contemplar ese período de vida útil, evidentemente se refería a aquellas construcciones que por la naturaleza de los materiales utilizados podían alcanzar vidas útiles relativamente largas, que no es el caso de todas las edificaciones. Por tanto, a efecto de determinar si una construcción corresponde al grupo de “edificios y construcciones”, debe tenerse en cuenta sus características.”

Al respecto consideramos importante sugerirles que realicen un análisis detallado de todos aquellos bienes que están clasificados para aplicarles la tasa de 5%, con la finalidad de determinar si existen dentro de ellos bienes que no cumplen con las condiciones de fijeza y permanencia.

Si necesita mayor detalle sobre los alcances y consecuencias de este pronunciamiento comuníquese al siguiente correo lcastro@lujecas.com

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