viernes, 23 de septiembre de 2011

PRIMAS DE SEGUROS Principio del Devengado


El artículo 37° de la Ley del Impuesto a la Renta en el inciso  c) indica que son deducibles “Las primas de seguro que cubran riesgos sobre operaciones, servicios y bienes productores de rentas gravadas, así como las de accidentes de trabajo de su personal y lucro cesante.
Tratándose de personas naturales esta deducción sólo se aceptará hasta el 30% de la prima respectiva cuando la casa de propiedad del contribuyente sea utilizada parcialmente como oficina.”
Como parte de la naturaleza y riesgo de sus operaciones, las empresas contratan seguros, para proteger tanto sus activos y proteger a los colaboradores de la empresa. Sin embargo, en no pocas ocasiones, las empresas se olvidan de considerar el principio del devengado en este tipo de gastos. En especial en aquellos casos en los cuales los seguros tomados abarcan varios ejercicios (dos o tres). En estos casos, ocurre que si el gasto no se provisionó contablemente en el ejercicio 1, lo pasan a resultados en el ejercicio 2. Lo cual ocasiona que se repare en el ejercicio 2 los gastos del ejercicio 1, por no corresponder al período devengado.
A continuación, presentados dos ejemplos de dichos casos: 
RTF Nº 11001-3-2007 “Que este Tribunal en diversas resoluciones, como la Nº 03124-1-2003 de 4 de junio de 2003, ha establecido que en aplicación del principio del devengado, los pagos efectuados en un ejercicio por pólizas de seguros cuya cobertura abarca hasta el ejercicio siguiente sólo podrán ser considerados como gasto en la parte correspondiente a la cobertura del período comprendido entre la vigencia del contrato y el 31 de diciembre del ejercicio en análisis”.
En conclusión, los gastos por primas de seguro que abarca más de un periodo solo deben tomarse, la parte correspondiente al ejercicio que se devengue, y no deducirlo en un solo mes o periodo.
     
Si necesita mayor detalle sobre los alcances y consecuencias de este pronunciamiento comuníquese al siguiente correo lcastro@lujecas.com

HP: Trinidad Malatesta
RP:Luis Castro

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